, 13 2008, 2048 ¡Sí existe una "Europa social", pero está retrocediendo! 12-06-2008 Jo CottenierMiembro del Buró del Partido del Trabajo de Bélgica 12 de junio de 2008 El Consejo de Ministros de Trabajo acaba de aprobar por mayoría cualificada una nueva propuesta de directiva sobre la organización del tiempo de trabajo. Si resulta aprobada por el Parlamento Europeo, esta directiva reemplazaría a la de 1993. Su objetivo debería ser restringir los márgenes en lo que se refiere al tiempo máximo de trabajo, limitar las horas extras y ampliar el derecho al descanso, a las pausas y a la vida familiar. Pero ha ocurrido lo contrario. Quince años después de la primera directiva sobre organización del tiempo de trabajo, los ministros europeos han logrado elaborar una directiva que es regresiva respecto de la anterior. En 1993, el límite máximo de tiempo de trabajo semanal estaba fijado en 48 horas. Con una posibilidad de "opt-out" (exención) en caso de acuerdo con el trabajador. En tal caso, el límite semanal se fijaba en 65 horas. Esa disposición se consideraba una concesión al Reino Unido, donde 4 millones de personas trabajan más de 48 horas. Pero al mismo tiempo estaba previsto que la cláusula de "opting-out" (cláusula de exención) desapareciese. En la nueva propuesta, el límite general de las 48 horas se reafirma, pero el período de referencia máximo pasa de 4 a 12 meses.v No sólo se mantiene la cláusula de exención, sino que se refuerza. La derogación individual permite trasladar el límite hasta las 60 horas (frente a las 65 anteriores), pero este último límite puede sobrepasarse por convenio colectivo. Otro retroceso: los tiempos de guardia (tiempo inactivo en el lugar de trabajo) ya no se consideran como tiempo de trabajo, excepto si un convenio colectivo los reconoce expresamente como tal. La mayor parte de los países europeos tienen legislaciones nacionales mucho más severas. En lugar de adaptarse a esos países, la Unión Europea fija estándars que suavizan la regulación del tiempo de trabajo. En lugar de progresar, la Unión Europea vuelve al siglo XIX , cuando la jornada de 8 horas (48 horas semanales) todavía era una de las principales apuestas de la clase obrera. La directiva quiere normalizar la posibilidad de sobrepasar esta barrera, bien por la derogación individual, bien por la derogación colectiva. Esta nueva directiva sobre la organización del tiempo de trabajo demuestra de manera evidente el carácter antisocial de la estrategia de Lisboa. También demuestra hasta qué punto la Carta de derechos fundamentales aneja al Tratado de Lisboa está vacía de contenido. Ésta declara solemnemente en su artículo 31 "que todo trabajador tiene derecho a unas condiciones de trabajo justas y equitativas, principalmente a una limitación de la duración máxima del trabajo y a períodos de descanso diarios y semanales..." Por último, demuestra el cáracter engañoso de la flexiguridad pregonada por la UE, ya que la primera directiva "social" tras la aprobación de esta orientación refuerza a la vez la flexibilidad y la inseguridad de los trabajadores.
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